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Jurisprudencia

Derecho a la identidad

[J. M. s/ identidad de género]. Juzgado de Primera Instancia de Familia, N°3. Rawson. (05/09/16)

IDENTIDAD DE GÉNERO - DEPORTES - FICHAJE -

Dispone como medida preventiva urgente que la Asociación Amateur de Hockey sobre Césped y Pista del Valle de Chubut fiche a la actora, a quien se le había denegado la posibilidad de jugar en el club al que asiste desde que era adolescente por su condición de género. Considera que tal negativa importa un acto discriminatorio, constitutivo de violencia institucional en los términos del art. 6, inc. b, de la Ley 26.485, pues proviene de las autoridades de una organización deportiva que no cumple con su obligación de tratar a la denunciante con la identidad de género elegida por ella en el marco de su plan de vida, opción existencial en la que ni el Estado, ni los particulares, pueden entrometerse ni interferir (art. 19, Const. Nac.), en tanto que la Constitución Nacional garantiza un espacio vital donde imperan los valores del Estado Social y Democrático de Derecho, como el pluralismo, el respeto a la diferencia, y la inclusión de todos.

Fuente: SAIJ.
 

Labrys Asociación Civil c/ GCBA s/ amparo. Cámara de Apelaciones Contencioso, Administrativo y Tributario. CABA. (07/09/16)

NIÑEZ Y ADOLESCENCIA - DISCRIMINACIÓN E IGUALDAD - MADRES DEL MISMO SEXO - RECTIFICACIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO -

La Justicia porteña ordenó al Registro de Estado Civil que rectifique la partida de nacimiento de un niño y consigne que es hijo de dos madres, sin discriminación, tachaduras o enmienda alguna. El fallo recordó la nueva normativa, en la que se fija que “los integrantes de las familias, cuyo origen esté constituido por personas del mismo sexo, tendrán los mismos derechos y obligaciones".

 

L., M. de los Á. y P., A. M. J. S/ medida autosatisfactiva. Juzgado de Familia N° 2. Puerto Madryn. (18/08/16)

DERECHO A LA IDENTIDAD - INSCRIPCIÓN DE MENORES - MADRES DEL MISMO SEXO -

En el fallo dos mujeres solicitaron que se anote a su hija con el apellido de ambas para poder viajar a Buenos Aires por problemas de salud de la niña. Las madres explicaron que, ya estando en vigencia la Ley 26.994 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, pretendieron inscribir a su hija con la filiación de ambas en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas N° 2 de la ciudad de Puerto Madryn pero se negaron a hacerlo porque no estaban casadas y eso iba en contra de las normas de la Ley del Matrimonio Igualitario.

 

O., J. L. sumarias. Juzgado en lo Civil y Comercial N°42. Córdoba. (09/12/13)

DERECHOS HUMANOS - DERECHO A LA IDENTIDAD - INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO -

La Justicia de Córdoba ordenó la inscripción de una persona que tenía 44 años, el juez señaló que el ordenamiento jurídico la avalaba plenamente "al implicar, el de indentidad, un derecho humano básico y fundamental". El hombre que nació en el año 1969 en la Ciudad de Córdoba y que aún no figuraba en los libros de actas del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas por lo que inició una información sumaria, a efectos de que se inscriba su nacimiento.

 

P., L. D. (o) R., L. s/ ejecución de pena privativa de libertad. Tribunal Superior de Justicia, sala penal, Córdoba. (02/09/13)

IDENTIDAD DE GÉNERO AUTOPERCIBIDA - CÁRCELES - POBLACIÓN CARCELARIA TRANSEXUAL -

El Tribunal, admitió el traslado solicitado por una persona transexual hacia un establecimiento carcelario de mujeres. Así mismo estableció que la ley 26743 reconoce y protege el derecho a la identidad de género autopercibida, que va más allá de la simple facultad de solicitar la rectificación registral ante el Registro Nacional de las Personas. Además sostuvo, que la tutela que brinda la ley comprende necesariamente el derecho de quien, encontrándose privado de su libertad solicita su alojamiento en un establecimiento penitenciario acorde a su vivencia interna e individual del género. Por último ordenó la rectificación del nombre de pila, tanto en el legajo de ejecución como en el penitenciario, prohibiendo hacer mención alguna a la identidad anterior.

Fuente: INFOJUS.