Adultos Mayores
Fornari, Silvia Cristina y López, Silvia Liliana c/ Estado Nacional, Administración Federal de Ingresos Públicos s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad. Cámara Federal de Apelaciones de General Roca. RÃo Negro. (24/02/17)
JUBILACIONES - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - INCONSTITUCIONALIDAD -
Declara la inconstitucionalidad del art.79, inciso c, de la ley 20.628, en cuanto tiene por hecho imponible para la percepción del impuesto a las ganancias a las jubilaciones de los reclamantes. Considera que el haber jubilatorio no es una contraprestación, ya que por definición quien la percibe no trabaja, esfumándose por completo y sin el menor margen para la duda, la idea de que un ingreso jubilatorio es una ganancia. Señala que se trata de un ingreso cuya causa o tÃtulo no es una contraprestación del jubilado sino un hecho anterior, ya finiquitado, que fue la realización de una cantidad determinada de aportes durante su vida económicamente activa y el haber llegado a la edad estipulada, de manera que si la ley que establece el impuesto a las ganancias atrapa en uno de sus renglones un ingreso económico que no ostenta esa cualidad, padece una inconsistencia legal que vulnera el principio constitucional de capacidad contributiva y, como consecuencia, afecta el derecho de propiedad.
Juárez, Romilda c/ ANSES s/acción meramente declarativa. Cámara Federal de la Seguridad Social, sala 1. Buenos Aires. (06/03/17)
PREVISIONAL - MORATORIA -Â
La ANSES habÃa otorgado una jubilación a una mujer por medio de la moratoria previsional cuando ya habÃa entrado en vigencia el decreto que le ponÃa fin. Cuando lo advirtió la dio de baja pero la beneficiaria acudió a la Justicia. Ahora, un fallo le ordena restituir el haber. "A nadie le es lÃcito hacer valer un derecho en contradicción con su anterior conducta", le recordaron los jueces previsionales.
Resolución General 3906/16. Administración Federal de Ingresos Públicos.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - PREVISIONAL -
Fecha: 18/07/2016.
Publicado en B.O.: 19/07/2016.
Reglamentación del régimen de reintegro del I.V.A., para determinados beneficiarios de jubilaciones, pensiones y asignaciones, por las compras de bienes muebles que abonen mediante la utilización de tarjetas de débito.
Jacob De la Torre, Hilda Luciana c/ANSES s/ejecución previsional. Cámara Federal de la Seguridad Social, sala II. Buenos Aires. (16/08/16)
ANSES - EMBARGO -
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la traba de un embargo de las cuentas de la ANSES por $183.000, en el marco de la ejecución de una sentencia dictada en 1991. El Tribunal justificó la medida en la falta de voluntad de ANSES de extinguir la obligación con la jubilada “que se infiere de la tramitación del proceso de ejecuciónâ€.
Fernández, Pastor Miguel Ãngel c/ ANSES s/ amparos y sumarÃsimos. Juzgado Federal de la Seguridad Social, N° 6. Buenos Aires. (26/08/16)
PREVISIONAL - LEY DE REPARACIÓN HISTÓRICA -
La Justicia de la Seguridad Social decretó una cautelar que impide que ANSES utilice el Fondo de GarantÃa de Sustentabilidad para pagar los reajustes a los jubilados por la Ley de Reparación Histórica. El fallo critica que la ley “pareciera involucrar a la totalidad del colectivo ‘jubilados’, como asà también la cancelación del total de lo adeudadoâ€, pero que esos extremos “distan de la realidadâ€.Â
Pieroni, Miriam Graciela c/ ANSES s/ medidas cautelares. Cámara Federal de la Seguridad Social, sala I. Buenos Aires. (01/09/16)
ANSES - JUBILACIÓN POR INVALIDEZ - BAJAS -
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la procedencia de una cautelar que impide a la ANSES dar de baja una jubilación por invalidez. El Tribunal hizo foco en que se trata de un beneficio de carácter alimentario que, de afectarse, puede “insolventar o menguar de tal manera el patrimonio del beneficiario†que tornará ilusorio su derecho.
Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSES s/ reajustes varios. Procuración General de la Nación. (20/08/13)
ADULTOS MAYORES - PREVISIONAL -
La PGN señaló que la determinación del derecho de cada persona individual no puede prescindir de su impacto sobre el derecho de los restantes jubilados. Además, aclaró que los jueces no pueden disponer de los recursos previsionales mediante resolución de casos particulares, prescindiendo de analizar su impacto en la sustentabilidad de todo el sistema y que la actualización del haber jubilatorio inicial y su movilidad posterior deben ser determinadas en forma tal que se garantice los derechos de los jubilados en condiciones de igualdad.
Barrios, Idilio Anelio c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes varios. Corte Suprema de Justicia de la Nación. (28/08/13)
ADULTOS MAYORES - PREVISIONAL -
La CSJN declaró la inconstitucionalidad del artÃculo de la ley de jubilaciones que establece el tope de 35 años para el cómputo de la prestación compensatoria. Consideró que era una reducción injustificada del nivel de vida del actor, y que esos años de aportes sin contraprestación por parte del Estado, se convirtieron "en un verdadero impuesto al trabajo".
Márquez, Alfredo Jorge c/ ANSES s/ incidente. Procuración General de la Nación. (28/06/13)
PREVISIONAL - HABER JUBILATORIO - PRECEDENTE "BADARO"-
La PGN dictaminó que una medida cautelar debe ser dejada sin efecto puesto que avanza sobre fondos de la ANSES, lo que implica una "vulneración del debido proceso" para el organismo previsional. AsÃ, dictaminó que debiera dejarse sin efecto una medida cautelar dictada por la Cámara de Seguridad Social y que ordenaba adecuar el haber jubilatorio de un jubilado "con el incremento establecido en el precedente Badaro, hasta tanto se dicte sentencia definitiva."
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Garat, Roberto Francisco c/ ANSES s/ reajustes varios. Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, Buenos Aires. (20/05/13)
PREVISIONAL - REAJUSTES DE HABERES - MUERTE DEL CAUSANTE -
La Cámara admitió la participación de la sucesióm de una persona en un juicio por reajuste de haberes que habÃa sido iniciado antes de su muerte. "La muerte del causante sólo interrumpe, pero no acaba, la gestión económica-jurÃdica de su patrimonio" aclaró el Tribunal y por consiguiente, le ordenó al organismo previsional que le pague la liquidación correspondiente en concepto de reajuste de haberes.