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Resolución 157 E/17. Secretaría de Comercio.
DEFENSA DEL CONSUMIDOR - SERVICIO DE CONCILIACIÓN PREVIA EN LAS RELACIONES DE CONSUMO -
Fecha: 03/03/2017.
Publicado en B.O.: 09/03/2017.
Se establece que las actas y toda otra documentación pertinente relacionada con la sustanciación de reclamos de consumidores y usuarios, en el marco del Título I de la Ley 26.993, deberá ser presentada ante la Coordinación de Mesa de Entradas de la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Producción.
Fuente: SAIJ.